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En 1998 el Consejo de Europa definió la dependencia como “estado en el que se
encuentran las personas que, por razones de falta o pérdida de autonomía física,
psíquica o intelectual tienen necesidad de ayuda y/o asistencia importante para
la realización de las actividades de la vida cotidiana”. Posteriormente, y en un
enfoque más global, en 2000 el Consejo Europeo en la Conferencia de Oslo, indicó
que la dependencia podría estar originada o verse agravada por la ausencia de
integración social, relaciones solidarias, entornos accesibles o recursos
económicos adecuados para la vida de las personas mayores.
Esta
acumulación de dificultades persistentes genera necesidades que han de ser
evaluadas con una perspectiva integradora, no considerando a esta población como
algo más que meros perceptores de ayudas o limitándose a medidas asistenciales
paliativas de la mala salud o la vejez, sino que las estrategias de actuación
institucional han de contemplar espacios de intervención común –mayores y
familias, cuidadores y profesionales, movimiento asociativo y sociedad civil-,
implementando políticas activas con potencia suficiente para abordar cuestiones
muy complejas.
Debido a la importante carga y sufrimiento que la EA
produce en el paciente y su familia, se hace necesario el reforzamiento de las
redes informales de apoyo y especialmente el dirigido a las mujeres, que
tradicionalmente vienen atendiendo las necesidades de cuidado de padres o hijos
con problemas crónicos. Además, se da la circunstancia de que muchas cuidadoras
son mayores y dependientes de una u otra forma.
Andalucía se define
como una Comunidad dinámica en el ámbito de “lo social”, que considera el
bienestar social como una situación que ha de ser generalizable al conjunto de
los ciudadanos.
Esta serie de consideraciones propiciaron una serie
de medidas y actuaciones que tuvieron como primer y principal reflejo el Decreto
137/2002, de 30 de Abril, de Apoyo a las Familias Andaluzas, modificado por
Decreto 48/2006, de 1 de marzo, que tiene por objeto establecer un conjunto de
medidas a favor de las familias andaluzas, para facilitar la vida familiar, así
como la integración de la mujer y el hombre en la vida laboral en condiciones de
igualdad; dicho Decreto, recoge en su artículo 27 la implantación del Plan
Andaluz de Alzheimer, para hacer frente a los problemas que plantea dicha
enfermedad dentro de la familia y del hogar.
El Plan Andaluz de
Alzheimer de la Consejería de Salud se concibió como un Plan de Apoyo a las
Asociaciones de Familiares de Enfermos de Alzheimer, que son punto de encuentro
entre los familiares y vehículo de comunicación entre éstos y las Instituciones.
El Plan se basaba en la participación y en el consenso con las Asociaciones en
cuanto a la detección y definición conjunta de actividades y programas que
constituían la esencia del mismo.
Asimismo la Consejería para la
Igualdad y Bienestar Social impulsó, por su parte, el Plan Andaluz de Servicios
Sociales para Alzheimer, con el objetivo de poner a disposición de las personas
afectas por la enfermedad, así como de sus familiares, recursos sociales que
permitieran mejorar su calidad de vida.
Ambas Consejerías tienen como
interlocutor privilegiado a la Confederación Andaluza de Federaciones de
Familiares de Enfermos de Alzheimer y otras demencias, la cuál desarrolla una
labor muy cualificada de atención al colectivo referenciado.
Blog sobre Envejecimiento Activo, Personas Mayores y Políticas encaminadas al establecimiento de una sociedad para todas las edades. Soy Miguel Ángel Reche, psicólogo experto en Envejecimiento Activo, asesor, formador y gestor de proyectos. Coordinador Técnico de la D. G. de Personas Mayores en la planificación, investigación, gestión de equipos y redacción del Libro Blanco del envejecimiento activo. Si estás interesado/a en mis servicios puedes contactar conmigo: reche2@yahoo.es y 655090215
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